Ley de nombramiento de Ministra de Sanidad de la República de Brumalia
Nombramiento individual de Maria en el cargo de Ministra de Sanidad.
VISTO:
La necesidad de cubrir el cargo de Ministra de Sanidad dentro de la organización administrativa de la República de Brumalia, y la competencia de la autoridad republicana para efectuar el nombramiento correspondiente.
CONSIDERANDO:
Asegurar la conducción administrativa del área correspondiente y formalizar el nombramiento individual de la autoridad designada..
POR TANTO:
Despota de los Brumario sanciona y promulga la siguiente Ley:
Artículo 1. Nombramiento.
Nómbrase a Maria en el cargo de Ministra de Sanidad de la República de Brumalia.
Artículo 2. Área de competencia.
La autoridad designada ejercerá sus funciones en el área de Ministro de Salud, con las atribuciones, deberes y responsabilidades que correspondan al cargo conforme al ordenamiento institucional vigente.
Artículo 3. Toma de posesión.
La persona nombrada deberá tomar posesión del cargo, prestar la promesa o juramento correspondiente y quedar registrada en el sistema institucional de la república.
Artículo 4. Comunicación y registro.
Comuníquese el presente nombramiento a las dependencias administrativas competentes, incorpórese al registro de gabinete y publíquese en el Boletín Oficial correspondiente.
Artículo 5. Vigencia.
La presente Ley entrará en vigor desde su publicación oficial en BOCAL.
Autoridad ordenante: Despota de los Brumario.
Esta publicación es la versión oficial de la norma en el BOCAL. Identificador permanente: ley-min-2026-2-12-2026